Factura electrónica obligatoria en España

La Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) promueve el uso de la facturación electrónica en España para todas las transacciones entre empresarios y profesionales. El Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos para los sistemas de facturación, asegurando la integridad y trazabilidad de los registros.

Obligatoriedad de la Factura Electrónica: Están obligados a emitir facturas electrónicas los empresarios y profesionales cuando el destinatario también sea empresario o profesional y se encuentren en territorio español, salvo en casos específicos como cuando una de las partes no tenga sede en España o si son facturas simplificadas.

Plazos de implementación:

  • En un año tras la aprobación del reglamento para empresas con operaciones superiores a 8 millones de euros.
  • En dos años para empresas con operaciones inferiores a esa cantidad. Durante el primer año, será necesario emitir copias en PDF para aquellos destinatarios no obligados a recibir facturas electrónicas, salvo que acepten el formato digital.

Funcionamiento: El sistema español de facturación electrónica incluye plataformas privadas y una solución pública gestionada por la Agencia Tributaria. Las empresas deberán enviar sus facturas electrónicas a los clientes y recibirlas de los proveedores a través de alguna de estas plataformas. Si no usan la solución pública, deberán enviar una copia en formato Facturae al repositorio público.